El Tribunal Económico – Administrativo ha emitido una sentencia que permite deducir, en distintos años, el 40% la base imponible del rescate que se produzca en planes de pensiones.
Hasta el ejercicio 2023, la deducción en la base imponible del recate de planes de pensiones solo podía producirse en el mismo período impositivo. Más concretamente, la deducción del 40% se realizaba en las aportaciones efectuadas hasta el 31 de diciembre de 2006 en forma de capital y de manera íntegra en un único periodo impositivo y a elección del contribuyente y, el resto de las cantidades percibidas, debían tributarse sin posibilidad alguna de reducción.
Ahora, ha sido la Dirección General de Tributos (DGT) a través de una sentencia la que permite aplicar esta deducción en diferentes ejercicios. Este cambio supone una mejor planificación a la hora de cobrar estas prestaciones de jubilación para intentar atenuar la progresividad en el IRPF.
De importancia es la posibilidad de que, aquellos contribuyentes que cobraron prestaciones procedentes de planes de pensiones y que por los precepto legalmente establecidos aplicaron la deducción en un mismo año y no en varios, puedan reclamar la recuperación parcial que pagaron en los años no prescritos (los cuatro últimos años).
Fuente: HuffPost
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