Hacienda permite recuperar la deducción por hipotecas anteriores a 2013.
La deducción por vivienda habitual en el IRPF, eliminada para nuevas hipotecas desde 2013, vuelve a cobrar relevancia tras cambios recientes de criterio del Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) y la Dirección General de Tributos (DGT). Ahora, los contribuyentes pueden aplicar la deducción incluso si cancelan la hipoteca con el dinero de la venta de su vivienda o si trasladan el préstamo a otra entidad bancaria, manteniendo la deducción proporcional al préstamo original.
Conceptos que se pueden deducir
Además de las cuotas de la hipoteca, Hacienda permite incluir:
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Comisiones y gastos de cancelación anticipada.
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Gastos de notaría y registro.
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Penalizaciones por amortización anticipada.
El límite máximo se mantiene en 9.040 € anuales, con una deducción del 15% sobre esta base.
Podrán presentar reclamaciones los contribuyentes que hayan vendido su vivienda habitual o que hayan trasladado su hipoteca a otra entidad bancaria desde el ejercicio 2022 en adelante, ya que los ejercicios anteriores han prescrito y no pueden solicitar la devolución.
En caso de que la reclamación sea aceptada por Hacienda, los contribuyentes podrán recuperar hasta 1.356 € por ejercicio, correspondiente al 15% del límite máximo deducible de 9.040 €. Esta devolución representa un alivio fiscal importante, especialmente para quienes aprovecharon la deducción de manera completa cada año. Para poder reclamar correctamente, es fundamental conservar todos los justificantes relacionados con la hipoteca y acreditar que la vivienda era la habitual hasta el momento de la venta o del cambio de préstamo.
Desde PEREA GÁMEZ, despacho situado en Tenerife (Canarias, España) hacemos un seguimiento de esta y otras noticias de carácter económico.