El nuevo Plan de la Inspección de Trabajo aumentará el control sobre los contratos extinguidos en período de prueba y podría comenzar a fijar sanciones según el caso. Es una práctica que ha crecido en los últimos años.
La Inspección de Trabajo y Seguridad Social (SITSS) pondrá un control especial sobre las empresas que abusen de la finalización de contratos durante el período de prueba. Esta medida forma parte del nuevo Plan Estratégico de la Inspección para el período 2025-2027, y responde a una práctica cada vez más extendida en el mercado laboral: el uso frecuente de contratos que se rescinden antes de que finalice el período de prueba, muchas veces de forma injustificada o para evitar el cumplimiento de derechos laborales.
Hasta ahora, estas prácticas no estaban siendo sancionadas. Sin embargo, el nuevo enfoque pretende corregir el uso fraudulento de la contratación indefinida, que en realidad se está utilizando para cubrir necesidades temporales, sin que los trabajadores lleguen a consolidar su empleo. La Inspección considera especialmente preocupantes tres situaciones:
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Uso recurrente de la extinción de contratos en período de prueba.
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Que se repita esta práctica con una misma persona o para el mismo puesto.
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Que se extinga el contrato fuera del plazo legal máximo permitido para el período de prueba.
Cuando se detecte un uso indebido, las sanciones pueden alcanzar los 1.000 euros por contrato. No obstante, si se considera que se ha producido una vulneración del derecho del trabajador a mantener su empleo, la infracción sería más grave, y la sanción podría oscilar entre 751 y 7.500 euros, según el Texto Refundido de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS) y el Estatuto de los Trabajadores.
En este sentido, se distinguirán dos tipos de infracción:
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Fraude en la contratación, regulado por el artículo 7.2 del LISOS.
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Vulneración de derechos laborales, recogida en el artículo 7.10 del Estatuto de los Trabajadores.
Un aspecto importante es que, aunque el contrato esté correctamente redactado como indefinido, si se utiliza de manera sistemática para evitar la consolidación de empleo, también será sancionable. Es decir, el problema no está solo en el contrato en sí, sino en el uso que se hace de él y en el reiterado despido de trabajadores durante el período de prueba.
Para detectar estas irregularidades, la Inspección pondrá en marcha planes de choque y campañas específicas, en las que se usará cruce masivo de datos, análisis estadísticos y comparativas de prácticas empresariales. Además, se revisará el cumplimiento de las obligaciones formales de los contratos y los contenidos esenciales (como la duración del período de prueba y el puesto que se cubre).
Un ejemplo del volumen del problema se observa en los datos del SEPE: solo en enero de 2025, se registraron más de 67.000 contratos con una duración inferior a 7 días, y más de 138.000 contratos de menos de 3 meses en empresas de menos de 10 empleados. Aunque este dato por sí solo no indica fraude, puede servir como indicio para iniciar inspecciones, especialmente si se observa una práctica reiterada de este tipo en una misma empresa.
Un reto adicional para la Inspección es que las finalizaciones por período de prueba no aparecen registradas como tal en los sistemas de la Seguridad Social. Por tanto, solo pueden detectarse mediante una inspección directa, en la que se revise la carta de despido, el finiquito y otros documentos laborales. Por ello, además de enviar comunicaciones masivas a empresas sospechosas, será necesario realizar citaciones e inspecciones presenciales.
Aunque aún no se ha iniciado formalmente el régimen sancionador en este ámbito, todo apunta a que las campañas comenzarán en breve, y su desarrollo práctico dependerá de cómo se articule finalmente el plan de inspección a nivel provincial. La medida ha sido valorada positivamente por colectivos profesionales como los graduados sociales, quienes ya anticipaban un endurecimiento del control sobre estas prácticas laborales.
El objetivo es limitar los abusos de la contratación indefinida simulada, garantizar la estabilidad en el empleo, y proteger a los trabajadores frente a prácticas que buscan eludir sus derechos laborales bajo el pretexto del período de prueba.
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