¿Cuáles son las fechas clave de la campaña de la Renta 2022?

La campaña para presentar el IRPF del año 2022 (que se presenta en 2023) comenzará el próximo 11 de abril y finalizará el 30 de junio, según se indica en el calendario del contribuyente de la Agencia Tributaria. El mencionado 11 de abril, los contribuyentes podrán acceder a su borrador de la renta a través de internet, mediante el sistema Renta Web. Este mecanismo permite confirmar el borrador vía Internet o, si no se precisan modificaciones sobre los datos aportados por la Agencia Tributaria, vía teléfono móvil.

Aquellos que quieran presentar la declaración por teléfono deberán de esperar hasta el 5 de mayo. Para hacerlo por esta vía es necesario cita previa. A su vez, aquellas personas que deseen hacerlo presencialmente en las oficinas de la Agencia Tributaria podrán hacerlo entre el 1 de junio y el 30 de junio. El 29 de junio es el último día para pedir cita, lo que se puede hacer por internet o por teléfono en los siguientes números: 91 535 73 26 / 901 12 12 24 o 91 553 00 71 / 901 22 33 44.

Por su parte, el 27 de junio termina el plazo para aquellos con resultado a ingresar con domiciliación bancaria.

Cabe destacar que aquellos que presenten la declaración de la renta fuera de plazo sufrirán multas que variarán según el retraso. En 2021, dichas multas fueron del 1% más un punto porcentual adicional por cada mes de retraso. Si el contribuyente tarda más de 12 meses en presentarla, el recargo será del 15% más intereses de demora.

Novedades a tener en cuenta en la declaración de la renta

En los presupuestos generales de 2023, el Gobierno elevó de 14.000 a 15.000 euros el mínimo exento para declarar el IRPF, además de ampliar de 18.000 a 21.000 euros la reducción por los rendimientos del trabajo (lo que no supone la quita del impuesto en esos tramos, pero sí un alivio fiscal). Sin embargo, estas medidas no contarán para la declaración de la renta de este año, sino para la del siguiente, por lo que ambos parámetros continúan igual.

Sí habrá modificaciones en el IRPF en las comunidades autónomas que aprobaron cambios en los tramos del impuesto con carácter retroactivo. Estas son Madrid, Galicia, la Comunidad Valenciana, Andalucía y Murcia. En la primera, por ejemplo, la deflactación del IRPF ha sido del 4,1%, una medida que permitirá a los madrileños ahorrarse unos 46 euros de media, siendo las rentas altas las más beneficiadas.

Por otro lado, se reduce de 2.000 a 1.500 euros la cantidad que el contribuyente puede deducir de planes de pensiones privados. Por el contrario, se ha ampliado en 500 euros, hasta los 8.500, la reducción que se aplica en caso de que el contribuyente tenga un plan de pensiones de empresa, un vehículo de ahorro a largo plazo por el que ha apostado el Gobierno para asegurar la viabilidad del sistema de pensiones a largo plazo.

Por último, se permitirá aplicar la deducción por maternidad a las madres de niños menores de tres años sin empleo y que reciben prestaciones contributivas o asistenciales. Hasta ahora, para contar con el descuento, era necesario que la mujer realizase una actividad por cuenta propia o ajena.

Modelo de declaración del IRPF del ejercicio 2022, se resumen a continuación las novedades más destacables 

1.- Debido a las consecuencias de las erupciones volcánicas ocurridas en la isla de La Palma, los contribuyentes que desarrollen sus actividades económicas en esta isla podrán reducir su rendimiento neto de módulos en un 20%, reducción que se aplicará tanto en 2022 como en 2023.

2.- En el apartado de ganancias y pérdidas patrimoniales que se integran en la base imponible general, se añaden nuevas casillas dentro del apartado “Otras ganancias y pérdidas patrimoniales que no derivan de la transmisión de elementos patrimoniales” para consignar la ayuda correspondiente al Bono Cultural Joven. También se prevé una casilla específica para consignar las ayudas al alquiler de vivienda, con el fin de mejorar la gestión de la prestación por ingreso mínimo vital.

3.- Las modificaciones más destacables dentro de las ganancias y pérdidas patrimoniales consisten en el desglose en tres subapartados del apartado denominado «Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones de otros elementos patrimoniales»: uno, para declarar las derivadas de la transmisión de inmuebles y derechos reales sobre bienes inmuebles; otro para declarar las transmisiones o permutas de monedas virtuales y un apartado de carácter residual para «Otros elementos patrimoniales».

La declaración de la renta cambia para los autónomos

Este 2023 trae un nuevo sistema de cotización de autónomos que cambia las cuotas de los trabajadores por cuenta propia. Los nuevos autónomos que se den de alta a partir del 1 de enero tendrán que abonar una cuota de 80 euros con la tarifa reducida. El nuevo sistema de cotización ahora cuenta con 15 tramos que determina las bases de cotización y las cuotas en función de los rendimientos netos del autónomo. Esta reforma también cambia los requisitos para pedir la prestación por cese de actividad y la obligación de hacer la declaración de la renta.

Como los nuevos autónomos cotizarán en función de los ingresos, deberán presentar la declaración de la renta para que Hacienda conozca sus cuentas. En el Real Decreto Ley 13/2022, de 26 de julio, se cambió el artículo 96.2 de la Ley del IRPF para incluir que ahora en cualquier caso estarán «obligadas a declarar todas aquellas personas físicas que en cualquier momento del período impositivo hubieran estado de alta, como trabajadores por cuenta propia, en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, o en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar». Así, se establece que independientemente de los ingresos todos los autónomos tendrán que presentar la declaración.

 

 

Desde PEREA GÁMEZ, despacho situado en Tenerife (Canarias, España) hacemos un seguimiento de esta y otras noticias de carácter económico.

Fuente: Perea Gamez